Atención a la Dependencia

En los términos establecidos en el Decreto 168/2007 de 12 de junio por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, corresponde a los servicios sociales comunitarios del municipio de residencia de las personas solicitantes, iniciar la tramitación del procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y, en su caso, del derecho a las prestaciones del Sistema, así como la elaboración de la propuesta de Programa Individual de Atención, su coordinación, seguimiento y evaluación en el territorio

Las prestaciones de dependencia del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) podrán tener la naturaleza de servicios y de prestaciones económicas, teniendo los primeros carácter prioritario. El Catálogo de Servicios y Prestaciones de Promoción de la Autonomía Personal y de Atención a la Dependencia son los siguientes:

Servicios

  • Servicio de Teleasistencia.
  • Servicio de Ayuda a Domicilio (Atención doméstica y Cuidados personales).
  • Servicio de Unidad de Estancia Diurna.
  • Servicio de Atención Residencial.
  • Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y los de promoción de la autonomía personal.

Prestaciones

  • Prestación Económica vinculada al servicio.
  • Prestación Económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
  • Prestación Económica de asistencia personal.