Esta ordenanza en sus competencias municipales, establece unaserie de requisitos, que deberán cumplir este tipo de instalacionestanto desde la regulación de las condiciones urbanísticas, protecciónambiental y seguridad, como desde el sometimiento a licencia de suimplantación y funcionamiento.
En el espíritu de esta ordenanza está trasladar hasta el ámbito decompetencias municipales el espíritu que inspiró la aprobación de laDisposición Adicional 120 de la Ley General de Telecomunicaciones,que reconoce la necesidad de solucionar las dificultades que se estánencontrando para el despliegue de las infraestructuras de comunicaciones y de hacerlo respetando las competencias municipales en materiade ordenación urbanística y protección medioambiental