Esta Ordenanza tiene por objeto el establecimiento de las normasy criterios básicos destinados a facilitar a las personas afectadas porcualquier tipo de discapacidad orgánica, permanente o circunstancial, la accesibilidad y utilización de los bienes y servicios de laSociedad, evitando o suprimiendo las barreras y obstáculos físicos,sensoriales o sociales que impidan o dificulten su normal desenvolvimiento.