vie, 30/may/25

El Ayuntamiento de Vélez-Málaga publica el Bando Municipal sobre los usos permitidos de agua potable e insta, cara al verano, a la concienciación ciudadana ante la actual situación de sequía

El Consistorio veleño ha emitido un Bando Municipal, en concordancia con las Ordenanzas Municipales, y en base a los dictámenes autonómicos, regulados por la Orden de 28 de abril de 2025, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, que determina medidas y prohibiciones con respecto a los recursos hídricos con vistas al verano, una época de habitual incremento del consumo.

El documento autoriza a la utilización de agua potable para el riego de jardines, huertos y zonas verdes, públicos y privados, preferentemente con sistema de riego por goteo o aspersión en horario nocturno. También se permitirá el lavado de vehículos en establecimientos autorizados, fuentes ornamentales, lavapiés públicos en la playa, fuentes bebedero de personas o animales y baldeo de calles, aceras e inmuebles en fachadas con agua no potable.

En el caso de las piscinas, tanto públicas como privadas, se podrá efectuar rellenado total o parcial, del 1 de junio al 30 de septiembre, en caso de disponer de sistema de recirculación de agua, en las cantidades indispensables para reponer las pérdidas por evaporación, limpieza de filtros y garantizar la calidad sanitaria del agua. En infraestructuras nuevas, primer llenado o la cobertura de obras de rehabilitación o modificación del vaso, por cuestiones sanitarias.

El Ayuntamiento de Vélez-Málaga ha dado a conocer, a través de la emisión de un Bando Municipal, los usos permitidos del agua potable ante la situación de sequía con escasez severa, coyuntura establecida según el régimen dictaminado en la Orden del 28 de abril de 2025, de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, que tiene afección en términos locales y comarcales en el Sistema Viñuela-Axarquía, unidad territorial a la cual se encuentra adscrito el municipio veleño.

En virtud a las determinaciones comunicadas en fechas anteriores por el Gobierno autonómico, y con carácter preventivo ante las circunstancias de escasez de recursos hídricos, la dotación máxima que se puede consumir por habitante y día es de 225 litros, considerando el total de los recursos, una asignación que podrá ser revisada en función de la situación hidrológica.

Por ello, el Consistorio veleño ha efectuado la difusión de un Bando Municipal en aras de realizar una utilización responsable y consecuente de los recursos hídricos, informando de los usos permitidos del agua potable, que permanecerán en vigor desde la fecha de emisión del mencionado documento municipal y de forma indefinida hasta que se comunique otro que lo anule o modifique. Desde el Gobierno local se ha considerado necesario informar a la ciudadanía, en especial por la llegada del periodo estival y el incremento ostensible de las temperaturas, variables que pueden suponer, consecuentemente, un empleo mayor de los recursos hídricos a disposición.

Por todo lo cual, el máximo organismo municipal ha anunciado, de conformidad con la Orden autonómica de 28 de abril, y en conocimiento del estado de sequía en las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, la relación de usos permitidos del agua potable, más allá de su utilización a nivel personal y cotidiano en hábitos como beber, cocinar y aseo. En este sentido, se aceptará el empleo para el riego de jardines, huertos, parques y zonas verdes, tanto públicas como privadas, siempre que el sistema de riego sea, preferentemente, por goteo o aspersión, y en horario nocturno. En los casos restantes, únicamente queda autorizado el uso de agua no apta para consumo humano. El lavado de vehículos en establecimientos autorizados, fuentes ornamentales, lavapiés públicos en la playa, fuentes bebedero de personas o animales y baldeo de calles, aceras e inmuebles en su exterior son algunas de las posibilidades también permitidas.

 

Piscinas y duchas

El Bando Municipal también aborda directamente uno de los focos que pueden generar mayor controversia, así como excesos en la utilización de recursos. Es el caso de las piscinas, del 1 de junio al 30 de septiembre de 2025, que podrán afrontar el rellenado parcial en caso de instalaciones públicas y privadas que dispongan de sistema de recirculación de agua, en las cantidades indispensables para reponer las pérdidas por evaporación, limpieza de filtros y garantizar la calidad sanitaria del agua. En términos de nuevas infraestructuras, se permitirá el primer llenado o la cobertura que corresponda a obras de rehabilitación o modificación del vaso, por cuestiones sanitarias.

En los centros educativos, estará autorizado el llenado completo o parcial de piscinas desmontables destinadas al baño de niños, al igual que en las duchas de establecimientos deportivos o piscinas donde resulte obligatorio por cuestiones sanitarias, así como el empleo de duchas de playa específicas para personas con movilidad reducida.

En base a la reglamentación establecida y reflejada en el Bando Municipal, se informa desde la Casa Consistorial que el incumplimiento de los usos permitidos en el punto primero serán constitutivos de infracción de conformidad con las Ordenanzas Municipales del Ayuntamiento, manteniendo la vigencia de las mismas en todo aquello que contradiga lo autorizado, en tanto en cuanto la Policía Local podrá realizar las tareas de vigilancia y control conforme a lo establecido en el texto.

Sobre las medidas implementadas, que serán de aplicación en tanto estén vigentes las disposiciones acordadas por la comunidad autónoma andaluza y el Consistorio veleño, se ruega a toda la ciudadanía, organismos, empresas y demás colectivos sociales que hagan una utilización racional, responsable y solidaria de un recurso tan escaso como el agua. Igualmente, se pide un esfuerzo colectivo y comprometido para reducir el consumo de agua potable, incluso si ello conlleva ciertas molestias o incomodidades. 

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