Vélez-Málaga, 23 de agosto de 2017. El Gobierno de Vélez-Málaga ha aprobado esta mañana en Junta de Gobierno Local la modificación de la Ordenanza Reguladora de Accesibilidad del Municipio, aprobada el 22 de septiembre de 2008, por la que se incorporará, tomando como modelo la Ordenanza de Rehabilitación de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), un título IX que recogerá que los edificios que no cuenten con ascensor puedan instalar torres de elevadores en el exterior.
El alcalde de Vélez-Málaga, Antonio Moreno Ferrer, ha precisado que la instalación de estos ascensores exteriores se ajustará a una serie de condiciones generales “siempre y cuando sea inviable la instalación del ascensor dentro del perímetro de la edificación, bien en el interior del edificio o en el patio interior”. Moreno Ferrer ha valorado que esta medida se enmarca en el proyecto de “construir ciudad garantizando unos servicios que hagan de Vélez-Málaga un municipio más justo, más inclusivo y más habitable”.
El regidor de la ciudad ha señalado además que el Pleno de la Corporación Municipal aprobó por unanimidad el 28 de octubre de 2016 la modificación de elementos del PGOU “que respaldaba la redacción actual de la modificación de la Ordenanza Reguladora de Accesibilidad del Municipio de Vélez-Málaga”.
La modificación del documento de 2008 autoriza la instalación de una torre de ascensores por el exterior del edificio “siempre y cuando sea la única solución técnica y económicamente viable para satisfacer las condiciones de accesibilidad en el edificación existente”.
Esta solución de ascensor externo, dice la ordenanza local, se planteará de forma que debe integrarse “con la fachada del edificio en lo referente a su composición, la forma y las dimensiones de la caja del ascensor, materiales y colores empleados”, así como asegurar la funcionalidad “de los espacios libres e infraestructuras y servicios urbanos que pudieran verse afectados”, particularmente los recorridos peatonales y rodados así como el acceso para vehículos de emergencia.
La modificación de la Ordenanza Reguladora de Accesibilidad impone también que las torres de ascensores por el exterior del edificio “se instalarán sobre espacios libres de dominio privado y las superficies construidas necesarias para el ascensor externo no computarán a efecto de edificalidad, ocupación y volumen, ni supondrán alteración de la calificación del suelo en el que se implantan”.
Por otro lado, la Junta de Gobierno Local también ha aprobado la modificación de la Ordenanza Reguladora de la Ocupación de la Vía Púbica con Terrazas y Estructuras Auxiliares para incorporar a las terrazas toldos lateral y frontal, así como otros elementos.
Con el nuevo documento, queda prohibida la instalación en las terrazas de cualquier tipo de máquinas expendedoras de bebidas, tabacos, recreativas, juegos de azar, billares, futbolines o cualquier otro. Sin embargo, si se podrán ver vitrinas de alimentos frescos como pescados, carnes o helados, “siempre que cumplan la normativa sanitaria”.
Los protectores de solería se podrán colocar en las terrazas como placas de madera, césped artificial y elementos portátiles de climatización del tipo 'calientapatios'
Los establecimientos comerciales que no tengan dedicación hostelera podrá ocupar la acera para exposición de sus productos en la longitud de su fachada, con un ancho máximo de 2 metros; y las terrazas en las aceras de más de 3 metros de ancho “podrán colocar toldos lateral y frontal para instalar puerta de acceso a la misma, siempre que ésta esté debidamente retranqueada y que su apertura no invada la vía pública”, según el nuevo documento. Esta decisión las deja exentas de recoger todas las noches los toldos y el mobiliario.
Cabe destacar que las terrazas en aceras de más de 3 metros que opten por no instalar puerta, “deberán recoger todos los días, tanto el inmobiliario como los toldos laterales y frontales”.